
Ámbito Financiero, 05/05/2005
Escribe Jesús Leguiza-Fundación FEDERAR
¿Es la cuota Hilton un subsidio?. ¿Cuál es el rol de los poderes del Estado para la asignación de esta cuota? ¿Cuáles deberían ser los criterios, justos y objetivos ,para la distribución?. Antes de responder a estos interrogantes, es necesario preguntarse: ¿Porqué existe la cuota Hilton?. En la historia está la causa, está la explicación y la orientación para su abordaje. Los frigoríficos u operadores no son los dueños de la cuota, son damnificados y el Estado tampoco es dueño, sólo es un árbitro.
Recordemos que la cuota Hilton ha sido una compensación que la Cominidad Europea otorgó a varios países por la puesta en marcha de su propio régimen interno de promoción de carnes vacunas. El mismo fue instaurado en el año 1968 y formó parte, desde entonces, de la Política Agrícola Común (PAC). Se decía: “Este régimen combina derechos de aduana con prelievos variables y licencias de importación; además, de subsidios a los productores. Ello afectará al comercio internacional porque se promueve la producción interna del bloque y posibilita que las carnes de la comunidad se introduzcan en mercados abastecidos por otros países que pueden ser más competitivos». Los que fueron perjudicados por esta política han sido los exportadores de carnes de esa época y para ellos se gestó esa compensación.
El propósito de este artículo es agregar un granito de arena para la solución de un problema que parece de nunca acabar. Hace más de 6 meses se decía, en esta misma columna, que el Estado debería adjudicar la cuota Hilton mediante licitación pública aplicando, para ello, criterios y normas que el mismo Poder Ejecutivo utiliza en cualquier proceso de adquisición u otorgamiento de algún beneficio.
El Poder Legislativo puede proponer y sancionar una ley que brinde validez y estabilidad a “reglas de juego” claras y sencillas. En el presente y en el pasado los principales actores no se pusieron de acuerdo y obligaron a jueces a intervenir, ellos aportaron sus interpretaciones, juicios propios fundamentados o no. Esta ley deberá exigir el cumplimiento de las normas sanitarias, los pagos de impuestos, de cargas sociales y cuotas sindicales; a la vez prohibir la transferencia de cuotas, la participación de operadores quebrados o concursados y de los que no cumplieron con cuotas previamente acordadas y/o no abastecieron con productos de calidad. Estas condiciones deben estar por Ley para evitar interpretaciones. Por otra parte, el Poder Ejecutivo, mediante decreto reglamentario, debería establecer los criterios específicos de asignación anual o trianual; y, la SAGPyA mediante resolución deberá realizar la tarea de asignación periódica a través de licitación pública.
Ahora, lo importante es saber ¿cuál es el criterio a aplicar?, que es en definitiva la sustancia del problema actual. Existen dos opciones extremas, entre otras. A manera didáctica, ellas son: a) distribución de las 28 mil toneladas en forma igual entre todos los operadores habilitados. Por ejemplo, hoy son unos 70 operadores, de manera que a cada uno le correspondería 360 toneladas, si se deja un 10 % de reserva para nuevos operadores. Obtener un lote ya es un excelente negocio. Es importante aclarar que ahora existen más operadores que hace 10 años y el queso sigue siendo el mismo. Este criterio, es cómodo aunque no justo para los que hacen o hicieron mayores esfuerzos de inversión y de exportación de carnes no Hilton u otras cuotas; y, b) distribución de las 28 mil toneladas en función proporcional a los esfuerzos de exportación de carnes de todo tipo que se hicieron en el pasado (g.v.: 3 últimos años), conocido como past-perfomance y principalmente destinada a países en donde se subsidia la producción o la exportación, en este caso a la Unión Europea. Este criterio, además de damnificar al que más exporta, permite realizar una verdadera promoción del comercio exterior a costo de la Unión Europea, en este caso de los consumidores o de los estados europeos que dejan de cobrar prelievos.
La realidad estará en un punto intermedio. “Ni poco ni demasiando, todo es cuestión de medida”. La propuesta consiste en que las 28.000 toneladas se rematen en varias ruedas (rondas) de lotes individuales de 280 toneladas cada uno y agrupados en tres tipos o categorías de operadores, previamente definidos por la SAGPyA: a) grandes exportadores con past-perfomance; b) medianos operadores regionales extrapampeanos; y, c) reserva para nuevos operadores extrapampeanos, éstos en función del desplazamiento de la invernada. El valor monetario de base para cada lote de 280 toneladas deberá ser simbólico, digamos U$S 100 por tonelada, simplemente para evitar el acceso de los oportunistas sin recursos. Además de esa base dineraria se exigirá un seguro de caución por el valor monetario del 10 % de la cuota lograda. El operador que remató en una rueda, no tiene permitido el acceso a la próxima y así sucesivamente. El máximo de cuotas de un operador estará definido por su propia capacidad, convalidada y limitada por la SAGPyA. Estará expresamente prohibida la transferencia, cesión o endoso de la cuota lograda por cada uno. Este es un procedimiento claro, sencillo y transparente, cualquier agregado de complejidad será fuente de dudas. Con una Ley se brinda el marco general y las prohibiciones expresas y con un Decreto Reglamentario se establecen los criterios y los procedimientos administrativos. La cuota rematada, será de propiedad del operador, no transferible y éste perderá su derecho de un año al otro si no logra concretar sus exportaciones. La recaudación será para solventar los gastos operativos y las auditorias requeridas por el sistema. Se deja abierto el debate público.
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